Juzgadores se oponen a revelación de nombres de jueces implicados en procedimientos


Asociación Nacional de Magistrados y Jueces del PJF / Foto: Foro Jurídico

Carlos Quintero J.

Contrario al principio de máxima publicidad y al derecho a la información, jueces y magistrados se oponen a que se conozcan los nombres de los servidores públicos que son involucrados en procedimientos de responsabilidad administrativa que derivan de su actuar.

La Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación llamó al Concejo de la Judicatura Federal para aplicar “medidas administrativas necesarias” a fin de impedir que se conozcan o se filtren los nombres.

Lo anterior ocurre luego de que el viernes 13 de marzo del presente, diversos medios de comunicación dieron a conocer el caso del juez administrador del Centro de Justicia Penal Federal, Elías Gerardo Cepeda Morado, sobre su suspensión por resolver contrario a jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

La asociación, a través de un comunicado de prensa, fijó su postura frente a la difusión de los nombres de las y los juzgadores que son sujetos de un procedimiento de responsabilidad cuya resolución definitiva no ha quedado firme.

“… la nota correspondiente a la suspensión, como medida cautelar, de un juez de distrito por ´indicios de posible falta de profesionalismo y notoria ineptitud´, lo grave es que se dé a conocer el nombre del juzgador federal en cuestión…” refiere el comunicado.

Los juzgadores consideran que la acción, de informar a la opinión pública, atenta contra el debido proceso, la dignidad de la persona y reputación, máxime que la resolución no ha quedado firme y atenta contra el "Estado de Derecho" y afecta la “Independencia Judicial”.

No obstante, contrario a esa postura también existe el derecho a la libertad de expresión y el derecho de acceso a la información. Al respecto, Saúl López Noriega expone en su libro sobre Manual de Periodismo Judicial, lo siguiente:

“En efecto, si bien las personas con responsabilidades públicas mantienen sus derechos a la intimidad y al honor, lo cierto es que éstos deben ceder –es decir, leerse de manera un tanto limitada- para darle cause a los valores de la crítica social y del debate abierto sobre los asuntos públicos”.

Para el abogado especialista, la responsabilidad por invasión al honor de funcionarios públicos son distintas, en comparación con ciudadanos particulares, porque los medios ejercen una función democrática: lanzar dardos críticos a las actividades de los servidores públicos.

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