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Asociación Nacional de Magistrados y Jueces del PJF / Foto: Foro Jurídico |
Carlos Quintero J.
Contrario al principio de máxima publicidad y al derecho
a la información, jueces y magistrados se oponen a que se conozcan los nombres
de los servidores públicos que son involucrados en procedimientos de
responsabilidad administrativa que derivan de su actuar.
La Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y
Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación llamó al Concejo de la
Judicatura Federal para aplicar “medidas administrativas necesarias” a fin de
impedir que se conozcan o se filtren los nombres.
Lo anterior ocurre luego de que el viernes 13 de marzo del presente,
diversos medios de comunicación dieron a conocer el caso del juez administrador
del Centro de Justicia Penal Federal, Elías Gerardo Cepeda Morado, sobre su
suspensión por resolver contrario a jurisprudencia de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación.
La asociación, a través de un comunicado de prensa, fijó
su postura frente a la difusión de los nombres de las y los juzgadores que son sujetos
de un procedimiento de responsabilidad cuya resolución definitiva no ha quedado
firme.
“… la nota correspondiente a la suspensión, como medida
cautelar, de un juez de distrito por ´indicios de posible falta de
profesionalismo y notoria ineptitud´, lo grave es que se dé a conocer el nombre
del juzgador federal en cuestión…” refiere el comunicado.
Los juzgadores consideran que la acción, de informar a la
opinión pública, atenta contra el debido proceso, la dignidad de la persona y
reputación, máxime que la resolución no ha quedado firme y atenta contra el "Estado de Derecho" y afecta la “Independencia Judicial”.
No obstante, contrario a esa postura también existe el
derecho a la libertad de expresión y el derecho de acceso a la información. Al
respecto, Saúl López Noriega expone en su libro sobre Manual de Periodismo
Judicial, lo siguiente:
“En efecto, si bien las personas con responsabilidades
públicas mantienen sus derechos a la intimidad y al honor, lo cierto es que
éstos deben ceder –es decir, leerse de manera un tanto limitada- para darle
cause a los valores de la crítica social y del debate abierto sobre los asuntos
públicos”.
Para el abogado
especialista, la responsabilidad por invasión al honor de funcionarios públicos
son distintas, en comparación con ciudadanos particulares, porque los medios
ejercen una función democrática: lanzar dardos críticos a las actividades de
los servidores públicos.
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