Carlos Quintero J.
La Fiscalía Especializada en Desaparición Forzada de
Personas cuenta con una estructura orgánica de 23 servidores públicos, de los
cuales 11 son Agentes del Ministerio Público, responsables de investigar los 2
mil 585 casos que colectivos de familias desaparecidas denuncian en Morelos.
Así lo reveló la propia Fiscalía además no cuenta
permanentemente con agentes policiales para investigar y perseguir los delitos,
tal y como decreta la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de
Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de
Búsqueda de Personas.
A través de una solicitud de información pública,
presentada por este reportero, se preguntó a la Fiscalía General de Justicia de
Morelos, que dirige Uriel Carmona Gándara, sobre el número de personas que integran
la Fiscalía en Desaparición de Personas y el cargo que cada uno de ellos
desempeña.
La respuesta tardo casi un año, por la pandemia y un
recurso de revisión promovido por una respuesta incompleta que dio en principio
la autoridad ministerial. Fue el pasado 23 de septiembre que la Coordinación
General de Administración respondió a la interrogante:
“Por cuanto a la Fiscalía de Desaparición Forzada de
Personas, se hace mención que se encuentra integrada por veintitrés servidores
públicos, con puestos desglosados de la siguiente manera:
01 Fiscal Especializada en Desaparición Forzada de
Personas; 11 Agentes del Ministerio Público; 02 Técnicos Especializados; 04
Auxiliares de Agente del Ministerio Público; 01 Mecanógrafa; 01 Notificador; y
03 Secretarias”.
También se preguntó sobre el número de empleados que
integran la Unidad de Investigación del caso Tetelcingo, misma que está
conformada por dos personas: “01 Agente del Ministerio Público y 01 Secretaria
de jefe de departamento”. Ellas buscan esclarecer la identidad de 107 cuerpos
exhumados en el año 2016.
Además se cuestionó a la Fiscalía sobre el número de
personas que compone a la Unidad de Identificación Humana, al respecto comunicó
que son cinco personas: peritos. Ellos se encuentran adscritos a la Dirección
General del Servicio Médico Forense.
El artículo 68 de la Ley General en la materia establece:
“La Procuraduría y las Procuradurías Locales deben contar
con Fiscalías Especializadas para la investigación y persecución de los delitos
de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares,
las que deberán coordinarse y dar impulso permanente a la búsqueda de Personas
Desaparecidas”.
El párrafo segundo detalla: “debe contar con los recursos
humanos, financieros, materiales y técnicos especializados y
multidisciplinarios y una unidad de análisis de contexto que se requieran para
su efectiva operación, entre los que deberá contar con personal sustantivo
ministerial, policial, pericial y de apoyo psicosocial”.
En tanto, el Código Nacional de Procedimientos Penales dicta
en los artículos 127 y 131 que los Agentes del Ministerio Público, tienen el
encargo de ejercer la conducción y el mando de la investigación delitos y es la
única autoridad facultada para ejercer la acción penal en representación de la
sociedad y en nombre del Estado.
Familias de personas desaparecidas del colectivo “Regresando
a Casa Morelos” reprueban el trabajo de la Fiscalía Especializada, a cargo de Zayra
Janet Lulo Juan, y afirman que no hay resultados, ni avances en las
investigaciones porque los ministerios públicos son insuficientes.
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